Generalmente nos preguntamos si el adecuado manejo del idioma y su conocimiento nos ayudan en la vida diaria, es decir, si pueden ser significativos ante nuestra experiencia cotidiana y, en esa medida usarlo como una herramienta eficaz.
En ese tenor nos viene a la mente plantear ahora el uso de las oraciones coordinadas disyuntivas, pues hace unos meses, un gobernador de Puebla quiso despedir a los maestros de bachillerato o educación media y superior porque según él y algunos acuerdos reglamentarios, exigen tener como requisito tener maestría o doctorado sin conocer adecuadamente lo que son las oraciones disyuntivas.
La disyuntiva significa desunión o elección lo cual nos coloca ante la necesidad de elegir ante un planteamiento verbal o escrito.
Podemos decir que existen 2 tipos de oraciones coordinadas disyuntivas. Las primeras son aquellas que son de carácter excluyente y que de alguna forma nos marcan un ultimátum. Veamos el siguiente ejemplo en el cual se utiliza la letra [o]: “Entramos al restaurant o nos vamos”. Es en este caso, se trata de una oración compuesta ya que tiene dos verbos diferentes: entramos o vamos y la elección significa que tomemos cualquiera de las dos opciones por lo cual una excluye a la otra.
Veamos otro ejemplo utilizando la letra [u]. “Díselo de una vez u olvídate de ella”. En este caso tenemos también una exclusión utilizando el verbo decir en la primera oración y el verbo olvidar en la segunda. En cualquiera de los casos, cualquier opción excluye a la otra.
Existe otra circunstancia que es más bien condicional. En la siguiente oración vemos este caso: “O te callas o te callo”. Es decir, ya sea que el interpelado guarde silencio o el actor le obligue a guardar silencio. Veamos ahora las oraciones no excluyentes las cuales plantean 2 alternativas que pueden darse simultáneamente.
“Para entrar al módulo necesitas tener un título o tener experiencia”.
En este caso, cualquiera de las dos opciones no implica necesariamente una exclusión, ya que lo mismo sucede si se tiene título o se tiene experiencia. Cualquier requisito que se cumpla permite que se pueda ingresar al módulo.
Veamos ahora lo que dice una ley de 1977 que estuvo vigente hasta hace poco y que se denomina Ley de educación media y superior, y que en el año 2021 estuvo vigente pues se hizo una ley que aborda estrictamente la educación superior.
Dicha ley en su artículo 10 señala lo siguiente:
ARTICULO 10.
“Es requisito para impartir enseñanza de tipo medio superior:
I.- Haber obtenido título de licenciatura o grado de maestría o doctorado en la cátedra que se pretenda impartir, expedido o reconocido legalmente;
El Gobernador del Estado podrá dispensar este requisito en el nivel medio, a quien goce de reconocido prestigio académico en la asignatura o actividad que pretenda impartir;”
Ya el lector se habrá percatado que para ser maestro de educación media se puede tener un título de cualquier grado sin importar de qué nivel educativo sea y hasta el gobernador de Puebla podrá dispensar cumplir con este requisito.
En cualquier caso, cualquier persona con adecuados méritos del conocimiento, puede ser maestro de educación media.
Con esto se demuestra que conocer el idioma nos sirve de mucho en la vida práctica.
*IC